Alcance y límites del derecho de protesta social

Scope and limits of the right to social protest

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Rolando Murgas Torrazza
Resumen

El autor nos destaca a través del contenido del artículo sobre el alcance e interpretación doctrinaria del derecho de protesta individual o colectivo, desde una perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho constitucional. En el mismo sentido, nos brinda un minucioso estudio del derecho a la libertad de expresión, el derecho de reunión, el derecho a la libertad de asociación y a la libertad sindical, el derecho de huelga como parte esencial de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales, cuya justiciabilidad recae en los Estados, su tutela y protección.

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Biografía del autor/a / Ver

Rolando Murgas Torrazza

Profesor Emérito y Doctor Honoris Causa de la Universidad de Panamá. Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá. Realizó estudios de Post- Grado en Italia, obteniendo el doctorado en Derecho Laboral. Ha sido magistrado del Tribunal Electoral, ministro de Trabajo (1972-1975) y catedrático universitario. Moderador de las Mesas de Diálogo del Acuerdo Tripartito de Panamá. Ha sido consultor de la Organización Internacional del Trabajo, del PNUD, de la CEPAL, de la Agencia Alemana de Cooperación Técnica y de la Fundación para la Paz y la Democracia.

Referencias

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948).

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

Carta Interamericana Americana de Garantías Sociales (1948).

Convención Americana de Derechos Humanos (1969).

Carta Democrática Interamericana (2001).

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