Detención provisional y libertad bajo fianza
Provisional detention and bail
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El autor en su artículo titulado “Detención provisional y libertad bajo fianza” nos indica que la libertad y dignidad humana tienen valor normativo y constituyen fines primordiales de la nación panameña, previstos a nivel constitucional. Asimismo, establece que toda persona debe ser tratada y considerada como inocente durante la investigación y el proceso, hasta tanto se le declare responsable del delito acusado, en un juicio público, mediante sentencia ejecutoriada. Adicionalmente, plantea que la detención provisional no conlleva un fin en sí mismo; simplemente, es una medida instrumental cautelar.
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Constitución de Panamá vigente.
Código Procesal Penal.
Convención Americana de Derechos Humanos (1969).
Sentencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia del 11 de Agosto de 2014.